Código de Ética de los archivistas

- El archivista protegerá la integridad de los bienes documentales que custodia para que costituyan fiel testimonio del pasado.
- El archivista valorará, señeccionará y consevará el material de archivo en su contexto histórico , legal, administrativo y documental, manteniendo el pricipio de procedencia de los documentos de archivo.
- El archivista evitará realizar intervenciones que puedan afectar la autenticidad de los documentos.
- El archivista garantizará el continuo acceso y la legibilidad de los documentos.
- El archivista regristará y justificará plenamente las acciones realizadas sobre el material que tiene a su cargo.
- El archivista promonerá el mayor acceso posible a los documentos y ofrecerá sus servicios a todos los usarios de manera imparcial.
- El archivista respetará tanto el acceso público como la privacidad de la documentación dentro del marco de la legislación vigente.
- El archivista no deberá utilizar en beneficio propio o de terceros su podición especial y la confianza que la comunidad ha depositado en él.
- El archivista se esforzará por alcanzar la excelencia profesional mediante el enriquecimiento sistemático y continuo de sus conocimientos y la difusión de los resultados de su investigación y experiencias.
- El archivista trabajará conjuntamente con sus colegas asi como con profesionales de otras disciplinas para promover la conservación y la utilizacion de la herencia documental del mundo.