Código de Ética de los archivistas

  1. El archivista protegerá la integridad de los bienes documentales que custodia para que costituyan fiel testimonio del pasado.
  2. El archivista valorará, señeccionará y consevará el material de archivo en su contexto histórico , legal, administrativo y documental, manteniendo el pricipio de procedencia de los documentos de archivo.
  3. El archivista evitará realizar intervenciones que puedan afectar la autenticidad de los documentos.
  4. El archivista garantizará el continuo acceso y la legibilidad de los documentos.
  5. El archivista regristará y justificará plenamente las acciones realizadas sobre el material que tiene a su cargo.
  6. El archivista promonerá el mayor acceso posible a los documentos y ofrecerá sus servicios a todos los usarios de manera imparcial.
  7. El archivista respetará tanto el acceso público como la privacidad de la documentación dentro del marco de la legislación vigente.
  8. El archivista no deberá utilizar en beneficio propio o de terceros su podición especial y la confianza que la comunidad ha depositado en él.
  9. El archivista se esforzará por alcanzar la excelencia profesional mediante el enriquecimiento sistemático y continuo de sus conocimientos y la difusión de los resultados de su investigación y experiencias.
  10. El archivista trabajará conjuntamente con sus colegas asi como con profesionales de otras disciplinas para promover la conservación y la utilizacion de la herencia documental del mundo.